MEDICINA
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Uno de los requisitos indispensables para hacer cualquier curso de submarinismo en España es la obtención de un certificado médico (BOE 280, Orden 24978) cuyo objetivo es descubrir cualquier patología que pudiera ser nociva para el futuro buceador.
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Aunque aún no se han fijado qué pruebas deben realizarse en el examen médico al que se somete quien tenga intención de ser buceador, sí existen una serie de impedimentos absolutos que impiden el buceo de forma definitiva y unos impedimentos relativos, que no permiten a la persona hacer submarinismo durante un periodo de tiempo, mientras el problema no haya desaparecido.

Las contraindicaciones absolutas se podrían clasificar en los siguientes tipos de trastornos:

Respiratorios. Destacan los procesos asmáticos graves, porque aumentan los riesgos de una sobreexpansión pulmonar. También son importantes los Neumotórax. Se puede hablar de neumotórax de tipo espontáneo o de tipo traumático. El primero imposibilita la práctica de buceo definitivamente, mientras que el segundo, una vez tratado y curado puede considerarse en muchos de los casos como una contraindicación relativa.

Cardiovasculares. Los antecedentes de infartos de miocardio, cualquier enfermedad relacionada con las válvulas del corazón, problemas graves en la conducción sanguínea y la hipertensión arterial severa (foto) son algunas de las patologías que nos apartarán del buceo.

Endocrinos. La diabetes dependiente de insulina es un impedimento absoluto, mientras que la diabetes no insulinodependiente debe valorarse en cada caso.

Digestivos. La hernia de hiato con reflujo gástrico o cualquier perforación en la pared del abdomen nos impiden bucear de forma permanente.
Ciertas patologías pueden ser intervenidas quirúrgicamente permitiéndonos en algunas situaciones poder bucear una vez restablecidos (foto).

Neurológicos. Las personas que padezcan de epilepsia son consideradas no aptas para el submarinismo, por lo arriesgado que puede resultar encontrarse sumergidas en el momento de una crisis. También episodios frecuentes de desmayos o pérdidas de conciencia desaconsejan el buceo.

Psiquiátricos. Además de las patologías graves de la mente, la claustrofobia o los estados de ansiedad considerables pueden ocasionar situaciones muy graves debajo del agua por lo que se consideran también contraindicaciones absolutas. Así mismo, cualquier medicación que actúe sobre el sistema nervioso, como los antidepresivos y los tranquilizantes, es capaz de interferir y alterar el metabolismo del organismo, así como influir negativamente en los efectos del nitrógeno sobre el cuerpo.

Dentro de las contraindicaciones relativas existen numerosas situaciones y alteraciones que pueden impedir temporalmente el buceo. Algunas de ellas son:

Afecciones del oído. En general, cualquier problema que incida sobre el oído medio, el tímpano o el equilibrio requieren de su curación previa y posterior valoración médica (tapones de cera, otitis, perforaciones timpánicas, etc.)

Afecciones de la boca. Las caries u otros problemas bucales deben ser tratados y reparados correctamente para evitar dolores y molestias.

Afecciones nasales como las desviaciones del tabique y los pólipos tienen que valorarse en cada situación.

Obesidad. Un peso superior al 25 % del peso idóneo puede favorecer la aparición de enfermedad descompresiva, ya que el tejido graso tiene mayor tasa de acumulación de nitrógeno que otros tejidos. Por tanto, una persona obesa debe extremar las precauciones, puesto que es más propensa a padecer un ataque de descompresión. Para estos sujetos son recomendadas paradas de descompresión más prolongadas.

Si bien no es necesario estar en excelente plena forma, un buen estado general físico y mental es esencial para evitar accidentes innecesarios.

Como recomendación final, una revisión médica cada dos años es más que aconsejable. De hecho, ya en muchos destinos de buceo, se le exige al buceador que presente, además de título, seguro y libro de registro de inmersiones, su certificado médico.





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