BUCEO
RECREATIVO:
ARMONIZACIÓN DE LOS NIVELES FORMATIVOS
EXTRACTO
El mundo del buceo recreativo contará pronto con requisitos
mínimos para la formación de los aficionados a este
deporte y de sus formadores. Los objetivos de los proyectos son
incrementar la seguridad en la práctica de este deporte y
la armonización de los niveles formativos.
COMITÉS TÉCNICOS (CEN/TC)
Los trabajos de normalización se llevan a cabo en órganos
denominados Comités Técnicos (CEN/TCs). Los temas
sobre buceo recreativo se encuadran en el CEN/TC 329 Tourism
services y más concretamente en el WG 3 Recreational
diving services. En el cuadro que se muestra a continuación
se ilustra esta estructura y su correspondencia con el grupo español
responsable de su seguimiento.
Participación en el WG 3
Recreational diving services
En el WG 3, 15 países participan activamente: Alemania, Austria,
Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia,
Holanda, Irlanda, Italia, Noruega, Portugal, Reino Unido y Suecia,
lo cual es muy significativo si tenemos en cuenta que los miembros
del CEN son 19.
Cada delegación es portavoz del punto de vista nacional,
lo que garantiza el consenso sobre el contenido técnico de
los proyectos de normas, esencial en los procesos de normalización
voluntarios.
A través de las delegaciones de cada país encuentran
su vía de expresión organizaciones profesionales como
ACUC, PADI y SSI y otras organizaciones miembros de los RSTC; CEDIP
y sus organizaciones miembros; diversas federaciones nacionales
miembros de CMAS; asociaciones nacionales de deportes y actividades
subacuáticas y las Administraciones nacionales.
Proyectos
del WG 3
El WG 3 tiene como objetivo definir los contenidos de los cursos
de formación de los buceadores e instructores en el ámbito
recreativo. Con ello se pretende una armonización de la formación
impartida por las distintas organizaciones que actualmente trabajan
en todo el mundo. De este modo se conseguirá un mejor entendimiento
entre buceadores, formadores y centros de buceo, independientemente
de la escuela en la que se hayan formado. Con ello también
se busca elevar el nivel de seguridad en la práctica del
buceo.
En la actualidad el WG 3 está trabajando intensamente en
la definición de tres niveles formativos para buceadores:
Servicios de Buceo
Recreativo. Requisitos mínimos relacionados con la seguridad
para la formación de buceadores recreativos. Parte 1: Nivel
1.
Servicios de Buceo
Recreativo. Requisitos mínimos relacionados con la seguridad
para la formación de buceadores recreativos. Parte 2: Nivel
2.
Servicios de Buceo
Recreativo. Requisitos mínimos relacionados con la seguridad
para la formación de buceadores recreativos. Parte 3: Nivel
3.
Partiendo de estos requisitos mínimos comunes, cada organización
adaptará después sus cursos completándolos
con la formación que considere adecuada y dándole
a cada nivel un nombre propio distintivo.
Los temas de discusión en este punto son dos fundamentalmente:
decidir si se fija
la obligatoriedad de completar el primer nivel y demostrar una serie
de inmersiones guiadas antes de poder acceder a la formación
del segundo nivel o si se permite recibir la formación de
los dos primeros niveles seguidos, y
decidir si el tercer
nivel se considera como el primer nivel profesional o si se deja
como un nivel de buceador sin que se puedan asumir responsabilidades
sobre un grupo.
Trabajo futuro del WG 3
Inmediatamente después de estos proyectos se abordarán
la formación
de los instructores y ayudantes de instructor,
la prestación
de servicio en los centros de buceo (atención al cliente)
Grupo español de normalización
en buceo recreativo
El punto de vista de la delegación española se decide
en un grupo técnico secretariado por AENOR y presidido por
el Consejo Superior de Deportes, en el que participan:
Organizaciones:
ACUC, FEDAS, PADI y SSI
Asociaciones:
Asociación de Centros Turísticos Subacuáticos
de la Costa Brava, Agrupación Empresarial de Centros Turísticos
de Buceo De Mallorca, Consorcio de la Estación Náutica
Mar Menor
Administración
central: Consejo Superior de Deportes y Subdirección
General de Títulos, Convalidaciones y Homologaciones (Ministerio
de Educación y Cultura), Dirección General de la Marina
Mercante (Ministerio de Fomento), Dirección General de Turismo
(Ministerio de Economía y Hacienda)
Administraciones
Autonómicas: Madrid, Cataluña, Galicia, Canarias,
País Vasco, Andalucía, Murcia y Baleares.
En representación
de los consumidores y usuarios: Instituto nacional de Consumo
(Ministerio de Sanidad) y Asociación de Mayoristas de Viajes
Españoles (AMAVE).
NORMAS Y PROYECTOS DE EQUIPOS Y
ACCESORIOS PARA BUCEO
Disponibles en español:
UNE-EN 1809:1998
Chaleco hidrostático. Requisitos funcionales y de seguridad
y métodos de ensayo.
UNE-EN 1972:1998
Tubo respirador. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo.
En proceso de traducción al español:
EN 12628:1999
Accesorios de buceo. Aparatos combinados de florabilidad y rescate.
Requisitos funcionales y de seguridad y métodos de ensayo.
Proyectos europeos en elaboración:
prEN 13319 Accesorios
de Buceo. Profundímetros y aparatos combinados de medición
de tiempo y profundidad. Requisitos funcionales y de seguridad.
Métodos de ensayo.
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